Tras el logro del objetivo de garantizar la más plena dignidad de las personas se analiza siempre cuál es el grado de participación que les compete a las mismas personas, a sus organizaciones y al Estado. Para lo cual se acude al principio de subsidiariedad. El que se refiere a cuándo el Estado puede o no intervenir en las actividades individuales o sociales y se puede resumir en: Seguir leyendo POLITICA CLIENTELAR
Debe estar conectado para enviar un comentario.