DEFENSOR DEL PUEBLO NACIONAL * Carta abierta a la Vice Presidenta Villarruel

SAN LUIS. 29 de agosto de 2024

Sra.Vice Presidenta de la Nación * Abog. Victoria Eugenia Villarruel

Luis Alberto Moreno * DNI * me dirijo a Ud. por medio de esta misiva a la que le doy carácter de CARTA ABIERTA con el objeto de referirme a un tema que implica una grave y flagrante violación a la Constitución Nacional y legislación reglamentaria.

Me refiero a la prolongada falta de designación del Defensor del Pueblo y de sus adjuntos.

Cuando digo flagrante, lo hago conforme las siguientes acepciones de la palabra según la R.A.E.:  * Que se está ejecutando actualmente y * De tal evidencia que no necesita prueba.

Me explico: En abril de 2009 finalizó el mandato del último Defensor del Pueblo, Dr. Eduardo Mondino, quedaron a cargo interinamente los Defensores adjuntos Dres. Anselmo Sella y Carlos Haquim, quienes finalizaron sus mandatos en 2013 y 2015 respectivamente. A partir de esta última fecha ejerce como Defensor Interino un Subsecretario de esa Defensoría.

Es evidente la acefalía a la que se viene sometiendo esa valiosa nueva institución republicana nuestra.

Este cargo debe elegirse de entre la terna de candidatos que eleve a las Cámaras de Diputados y Senadores, la Comisión Bicameral Permanente de la Defensoría del Pueblo, conforme lo especificado por la Ley 24.284.Sólo en el 2017, esa comisión acordó una terna, pero inexplicablemente, al menos para mí, esa propuesta nunca llegó a ser tratada por las cámaras nombradas. Debo recordar, para destacar el incumplimiento del Poder Legislativo en este tema, que en 2016 la Corte Suprema de Justicia incluyó en una de sus sentencias el siguiente párrafo: “Poner en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de defensor del Pueblo de la Nación”. Era Vicepresidente de la Nación en ese momento la Lic. Marta Gabriela Michetti.  Ni aún con un pedido de la Corte Suprema los legisladores cumplieron con su deber. En este momento esa Comisión que debe contar con siete (7) senadores y siete (diputados) solo cuenta con cuatro (4) senadores. Lo que significa un incumplimiento más de las autoridades de esas cámaras, ya que no han dado cumplimiento a su obligación en este tema.Esa Comisión Bicameral Permanente, conforme a la ley, es presidida por quien preside el Senado, es decir por quien ejerce la Vicepresidencia de la Nación.Hasta el año pasado la responsabilidad de que Argentina no haya contado con el Defensor del Pueblo ha sido por culpa, por inacción de los cuerpos legislativos y de quienes ejercieron la vicepresidencia entre 2009 y diciembre de 2024.Por ello afirmo, que la no integración de la Comisión Bicameral Permanente de la Defensoría y la designación del Defensor es, desde diciembre de 2024, su responsabilidad.Si ya lo ha gestionado en la Cámara de Senadores sin recibir la respuesta debida, estimo que tiene Ud. la obligación de hacerlo público a fin de que la ciudadanía toda esté al tanto de cómo cumplen sus obligaciones sus legisladores. Me permito en este momento, recordar una gestión de este tipo que efectué el 8 de agosto de 2012. En Carta Documento al entonces Vicepresidente de la Nación Dr. Amado Boudou le expresé entre otros conceptos, lo siguiente: “Ejerciendo mis deberes y derechos ciudadanos le exijo que de inmediato proceda Ud. a cumplir sus obligaciones legales, convocando a la Comisión Bicameral Defensoría del Pueblo y haciendo que se propongan los candidatos en el tiempo y forma que fija la ley.”Días después recibí por Carta Documento la respuesta de parte del entonces Director General de Asuntos Jurídicos del Senado, Dr. Salerni, quien señaló que la ley no fija plazos para cubrir ese cargo en cargo de vacancia y que por lo tanto “la designación queda supeditada a razones de oportunidad, mérito y conveniencia”. Conveniencia…’ ¿de quién? ¿Del Ejecutivo que no quiere que lo controlen y que exigen obediencia debida?Conveniencia típica de la casta política que viola impunemente los derechos civiles que nos garantiza la constitución.Es claro que la práctica legislativa implica lograr acuerdos (negociaciones mediante) en determinados temas. Método que entiendo no corresponde para acordar incumplir o violar, la Constitución y sus leyes. No es lo que se espera en una república vivida con democracia. No es el ejemplo que nuestra dirigencia política debe dar a la ciudadanía, especialmente a las nuevas generaciones.Sé también, es evidente, que a quienes ejercen el Poder Ejecutivo no les gusta un Defensor del Pueblo que ponga sus ojos en la nuca de quienes gobiernan, para asegurar que cumplan sus obligaciones para con las instituciones republicanas y  los derechos de la totalidad de quienes habitamos este amado suelo patrio.                                       Por todo lo expuesto, Sra. Vice Presidenta de la Nación, me permito exigirle que dé ejemplo de cumplir y hacer cumplir con sus obligaciones y las de los legisladores de la cámara que preside, en lo atinente a la pronta designación del Defensor del Pueblo de la Nación y de quienes deban acompañar esa gestión. Y como Presidenta de la Comisión Bicameral Permanente de la Defensoría, haga la gestión correspondiente ante la Cámara de Diputados de la Nación.                                     Quedo a la espera de una respuesta suya a fin de conocer su opinión acerca de la pertinencia de este pedido y de los pasos que dé en torno a lo peticionado.                                     Atentamente                                                          Prof. LUIS ALBERTO “Tochi”  MORENO www.tochimoreno.com.ar